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Solicitud subvenciones para bachiller, ciclos formativos y universitarios curso 2025/2026

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Solicitud subvenciones para bachiller, ciclos formativos y universitarios curso 2025/2026

Desde 20/10/2026 0:00 hasta 02/11/2026 23:59

SOLICITUD SUBVENCIONES PARA BACHILLER, CICLOS FORMATIVOS Y UNIVERSITARIOS CURSO 2025/2026 

1. OBJETO DEL TRÁMITE:

Es el objeto de la presente convocatoria regular las bases específicas que tienen que regir el procedimiento de concesión de subvenciones o ayudas económicas individualizadas durante el curso 2025/2026 para los gastos
derivados del:

  • Bachiller y Módulos: Transporte, matrícula, adquisición de libros no incluidos en “xarxa llibres” y material escolar complementario.
  • Universitarios: Matrícula principalmente y la adquisición de libros y material escolar, en los casos que el alumno tenga un descuento en el importe de las tasas académicas por haber obtenido la calificación de
    matrícula de honor y el número de créditos a pagar sea inferior a la subvención a conceder.

Será también objeto de subvención la excelencia académica de los solicitantes, materializada en una dotación económica determinada en las presentes bases.

Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta convocatoria las ayudas para la realización de Enseñanzas de régimen especial, estudios correspondientes a másteres, tercer ciclo o doctorado, cursos de adaptación del Grado, así como cursos de especialización y títulos propios de las universidades.

 

2. CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES

El importe de las subvenciones se distribuirá de la siguiente forma:

  • Estudiantes de bachillerato o ciclos formativos durante el curso 2025/2026 la cuantía máxima individualizada de estas ayudas será de 250 € por curso académico, de los cuales 80€ se concederá por excelencia académica, y el resto (170€) en base al IPREM de la unidad de convivencia.
  • Alumnos que cursan un grado universitario durante el curso 2025/2026 la cuantía máxima individualizada de estas ayudas será de 500 € por curso académico, de los cuales 150€ se concederán por excelencia académica, y el resto (350€) en base al IPREM de la unidad de convivencia.

3. REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO

Podrán solicitar estas ayudas el alumnado mayor de edad y los representantes legales (en el caso de menores de edad). No obstante, las personas beneficiarias de la ayuda son el alumnado y tendrán que reunir los siguientes
requisitos:

  • Alumnado escolarizado en centros educativos en las etapas de bachiller y ciclos formativos durante el curso objeto de la convocatoria.
  • Estar matriculado para el curso académico indicado en la convocatoria en cualquier centro autorizado para la obtención de títulos universitarios en los siguientes ámbitos:
    • Enseñanzas universitarias oficiales.
    • Trabajo Final de Grado (TFG). Cuando no se curse junto con el resto de asignaturas y una vez superados todos los créditos.
  • Estar empadronado en Almussafes, al menos un año antes de la fecha de publicación de esta convocatoria.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como frente al Ayuntamiento.
  • No estar incurso en ninguno de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Haber justificado debidamente cualquier subvención recibida por este Ayuntamiento con anterioridad y estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

4. PLAZO

El plazo de presentación de solicitudes, será de 10 días desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València, preferentemente vía telemática en la sede electrónica del  Ayuntamiento, en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o de manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento o en la oficina auxiliar del registro de Educación o en el de Cultura (dentro de sus respectivos horarios), además de poder utilizar cualquier otro medio establecido legalmente.

5. PRESENTACIÓN SOLICITUD

  • Preferentemente vía telemática.
  • De manera presencial en la oficina auxiliar del Registro General de Cultura o en el de Deportes o en el Registro General del Ayuntamiento (dentro de sus respectivos horarios)
  • Cualquier otro medio establecido legalmente.

6. DOCUMENTACIÓN NECESARIA

La solicitud irá firmada obligatoriamente por el alumnado que sea mayor de edad, en el caso de los menores será firmada por el padre o madre, tutor/a legales, y contendrá:

  • Solicitud conforme al modelo normalizado.

Junto a la solicitud tendrá que aportar la siguiente documentación:

  • Estudiantes de bachiller, ciclos y universitarios con matricula de honor: Factura original con relación de los libros de texto y material didáctico a nombre del beneficiario. La factura o recibos deberán estar expedidos conforme a la legislación vigente, indicando nombre o razón social del vendedor, domicilio, NIF o CIF e importe total con indicación de IVA. 

        En el caso del transporte, los tickets de transporte utilizado y/o facturas simplificadas del combustible a nombre del beneficiario.

  • Documento acreditativo del centro educativo de la matrícula del alumno, indicando el curso.
    • Para el alumnado de bachiller o de ciclos formativos que estén cursando en el IES de Almussafes, si así lo indican en la instancia, podrán omitir su presentación, dado que el Ayuntamiento podrá hacer la consulta a la dirección del Centro Educativo.
  • En el caso de universitarios: copia de la matrícula oficial en la que conste el centro, la titulación, el curso, los créditos y su coste y el justificante del pago de la misma, o bien matrícula oficial y documento que justifique el pago de la misma. Dicho justificante de pago de matrícula servirá como factura, por lo que no se deberá aportar ninguna otra, siempre que el coste de la matrícula sea por importe igual o superior a la subvención a conceder.
  • Estudiantes que opten a la parte subvencionada por excelencia académica: certificado de notas del curso subvencionado.

7. CRITERIOS DE BAREMACIÓN.

Dada la naturaleza de las subvenciones que se regulan, los criterios que se aplicarán para la baremación y el cálculo de los importes a conceder serán exclusivamente:

  • El cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario.
  • La presentación de toda la documentación requerida y que ésta sea correcta.
  • La nota media obtenida en el curso subvencionado, si se opta por excelencia académica, que tendrá haberse obtenido una media del curso académico subvencionado, de 9 o superior.
  • Los ingresos de la Unidad de Convivencia del solicitante correspondientes al 2025, tomando como referencia el IPREM de dicho ejercicio, cuyo cómputo será el siguiente:

 

Referencia IPREM

 

Baremo

Importe máximo

Bachiller - Ciclos

Universidad

Hasta 1,85 veces100%170 €350 €
De 1,86 a 2,2590%153 €315 €
De 2,26 a 2,6580%136 €280 €
De 2,66 a 3,0570%119 €245 €
De 3,06 a 3,4560%102 €210 €
Más de 3,4650%85 €175 €

 

8. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES.

La obtención de esta subvención será incompatible con cualesquiera otras subvenciones o ayudas otorgadas con la misma finalidad por todo tipo de organismos públicos o privados, a excepción de las que se otorgan de forma extraordinaria, como las concedidas por la DANA de Valencia en 2025.

9. JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN: DOCUMENTACIÓN Y PLAZO

La justificación de la ayuda tendrá que presentar-se junto con la solicitud de subvención y permitirá su concesión, justificando por sí solo al cumplimiento del objeto de esta.

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT D'ALMUSSAFES - P4603500B
Passeig del Parc, sn – 46440 Almussafes (Valencia)
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