PROCEDIMIENTO SUBVENCIONES ORDINARIAS PARA ENTIDADES CULTURALES, FESTIVAS, CÍVICO SOCIALES Y DE COMERCIO
OBJETO DEL TRÁMITE:
Concesión de ayudas para colaborar con los gastos que ocasionan las actividades que realizan las entidades culturales, festivas, cívico sociales y de comercio de Almussafes
QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Las asociaciones culturales, festivas, cívico sociales y de promoción de comercio de Almussafes que:
Quedan excluidas de la presente convocatoria determinadas asociaciones que, por sus características especiales, requieren de un convenio singular propio.
No podrán obtener la condición de beneficiaria las asociaciones en los que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en el arte. 13 de la Ley 38/03 General de Subvenciones
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
PLAZO
El plazo de presentación de solicitudes será quince días hábiles a contar desde el día siguiente en la publicación del anuncio de aprobación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
En el caso de entidades que no estén inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Almussafes, además de todo el anterior tendrán que aportar, salvo que ya esté presentada y no haya ninguna modificación:
Declaración responsable en el cual constará:
LEGISLACIÓN APLICABLE:
PLAZO DE RESOLUCIÓN Y RECURSOS:
Plazo resolución
El plazo máximo para resolver, notificar y publicar las subvenciones concedidas no podrá exceder de 6 meses. Transcurrido este plazo, desde la fecha de finalización del plazo de presentaciónde la solicitud de subvención sin haber notificado ninguna resolución, por parte de la administración, se tendrá que entender que ha sido denegada tácitamente.
Recursos que pueden interponerse:
CUANTÍAS ECONÓMICAS