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SOLICITUD DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA MEDIANTE CONVENIO DE FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO INDUSTRIAL 2025

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SOLICITUD DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA MEDIANTE CONVENIO DE FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO INDUSTRIAL 2025

Desde el día 24/02/2025 hasta el día 31/12/2025

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA MEDIANTE CONVENIO DE FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO INDUSTRIAL    

 

OBJETO DEL TRÁMITE:
 Solicitud de subvención nominativa mediante Convenio regulador por la que se conceden las subvenciones nominativas que aparecen en el presupuesto general municipal del Ayuntamiento de Almussafes.
 

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
 Todas aquellas Entidades de Gestión y Modernización Empresarial que aparecen en el Anexo de Líneas de Subvenciones Nominativas del presupuesto 2025 del Ayuntamiento de Almussafes.
     
 PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 
El plazo de presentación de la solicitud de las subvenciones nominativas “Fomento del Asociacionismo Industrial” será durante el ejercicio 2025, no obstante para facilitar el trámite administrativo, será aconsejable presentar la solicitud como máximo el 31 de octubre de 2025.

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR: 
 Con carácter general, para todas las solicitudes:

  • OBLIGATORIO:
    - Solicitud de subvención, (Impreso normalizado) que deberá ser firmada. 
    - Memoria descriptiva del proyecto o programa de actividades a realizar objeto del Convenio en el que se incluya Proyectos a realizar por la Entidad y Presupuesto económico previsto para su realización, objeto del  Convenio.
  • NO OBLIGATORIO:
    - Cualquier otro documento para favorecer el conocimiento y comprensión del proyecto o programa de actividades a realizar objeto del Convenio.  
    - Mantenimiento de terceros para cobros y pagos.
    No será necesario presentar la documentación en el caso de que haya sido aportada anteriormente en el Ayuntamiento de Almussafes. 
    En el supuesto de que hayan cambios o no conste la documentación en la Administración al tratarse de nuevas altas, tendrán que presentar los nuevos datos en el trámite habilitado a tal efecto en la sede electrónica del Ayuntamiento denominado “Mantenimiento de terceros para cobros y pagos”.

FORMA DE PRESENTACIÓN:
Proceso on-line telemático, conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

LEGISLACIÓN APLICABLE:
- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Almussafes.
- Plan estratégico de subvenciones de Almussafes, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el 14 de marzo de 2024.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015,  de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Anexo de Líneas de Subvención nominativas año 2025 del Presupuesto municipal para el año 2025, adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria de 21 de enero de 2025 y elevado a definitivo mediante Resolución de Alcaldía n.º 458/2025, de 17 de febrero y publicado en extracto en el BOP n.º 35, de fecha 20 de febrero de 2025.

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
AJUNTAMENT D'ALMUSSAFES - P4603500B
Passeig del Parc, sn – 46440 Almussafes (Valencia)
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