1. OBJETO DEL TRÁMITE:Concesión de subvenciones y/o ayudas económicas individualizadas para los gastos derivados del transporte, matrícula, alquiler de vivienda de estudiante, de la adquisición de librosde texto y material escolar complementario para los alumnos escolarizados en bachiller, módulos formativos y universidad durante el curso 2023/2024, siempre que se reúnan los requisitos establecidos en estas bases.
2. QUIÉN PUEDE SOLICITAR?Podrán solicitar estas ayudas los padres o tutores legales para los casos de los menores de edad y los alumnos mayores de edad, y que tendrán que reunir los siguientes requisitos, en su caso:a) Alumnos escolarizados en centros educativos en las etapas de bachiller y ciclos formativos durante el curso objete de la convocatoria.b) Estar matriculado para el curso académico indicado a la convocatoria en cualquier centro autorizado para la obtención de títulos universitarios en los ámbitos siguientes:1. Enseñanzas universitarias oficiales.2.Trabajo Final de Grado (*TFG). No procederá cuando el proyecto constituya una asignatura ordinaria del plan de estudios, cuando se realice simultáneamente con alguno de los cursos de la carrera, o cuando no se hayan superado todos los créditos o asignaturas de carrera.c) Estar empadronado en Almussafes, al menos un año antes de la fecha de publicación de esta convocatoria. En caso de separación o divorcio, este requisito solo será exigible al padre o la madre que tuviera la guardia y custodia.d) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como ante el Ayuntamiento. e) No estar incurso en ninguno de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.f) Haber justificado debidamente cualquier subvención recibida por este Ayuntamiento con anterioridad y encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvencionesQuedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta convocatoria las ayudas para la realización de Enseñanzas de régimen especial, estudios correspondientes a másteres, tercer ciclo o doctorado, cursos de adaptación del Grado, así como cursos de especialización y títulos propios de las universidades.
3. PLAZOdel 5/10/24 al 19/10/24
4. PRESENTACIÓN SOLICITUD- Preferentemente vía telemática.- De manera presencial en la oficina auxiliar del Registro General de Cultura o en el de Deportes o en el Registro General del Ayuntamiento (dentro de sus respectivos horarios)- Cualquier otro medio establecido legalmente.
5. DOCUMENTACIÓN NECESARIA1. Solicitud conforme al modelo normalizado, la solicitud de subvención se ajustará al modelo de esta convocatoria e implicará la aceptación íntegra de las presentes bases. La solicitud irá firmada por el solicitante que sea mayor de edad, en el caso de los menor será firmada por el padre o madre, tutor/a legales y contendráa) Declaración responsable, por parte de la persona beneficiaria, de no encontrarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de encontrarse al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y autoriza en el Ayuntamiento de Almussafes a recavar la información de manera telemática, si así se requiriera en el procedimiento.c) Declaración de encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvencionesd) En el caso de solicitar subvención para estudios de 1.º de bachiller o 1.º de ciclo formativo grado medio, será necesario la declaración responsable de haber entregado los libros de texto de4.º de la ESO del programa “Red libros”. Si el centro no está acogido en el programa Red Libros, tendrá que efectuar declaración en ese sentido. Para subvenciones sucesivas, será necesario presentar documento visado por el centro educativo, que corroboro la entrega o no de los libros del dicho curso.
Junto con la solicitud tendrá que aportar la documentación siguiente:• Factura original con relación de los libros de texto y material didáctico, del transporte o recibos de alquiler. La factura o recibos tendrán que estar expedidos de acuerdo con la legislación vigente, indicando nombre o razón social del vendedor, domicilio, NIF o CIF e importe total con indicación de IVA y tener constancia que se ha abonado.• Se admiten tickets en que figuran los datos indicados anteriormente.• Las facturas corresponderá a los gastos subvencionables para el curso, y en todo caso, tendrá que estar datada desde julio de 2023 a junio de 2024. Las facturas de transporte solo serán admitidas en periodo lectivo.• No se admiten movimientos bancarios.• Documento acreditativo del centro educativo de la matrícula del alumno, indicando el curso. En el caso de universitarios copia de la matrícula oficial en que consto el centro, la titulación, el curso, los créditos y su coste, y en su caso, el justificante del pago de la misma.*Para el alumnado de bachiller o de ciclos formativos que se estén cursando en el IES de Almussafes, si así lo indican en la instancia, podrán omitir su presentación, dado que el Ayuntamiento podrá hacer la consulta a la dirección del Centro Educativo.* En el caso de universitarios copia de la matrícula oficial en que consto el centro, la titulación, el curso, los créditos y su coste y el justificante del pago de la misma. Esta documento servirá como factura, con lo cual no hay que aportar ninguna otra, siempre que el coste de la matrícula sea de importe igual o superior a la subvención a otorgar.• En los casos de separación/divorcio, cuando el solicitante ostento la guarda y custodia de sus hijos, tendrá que aportar: original y copia de sentencia o del convenio regulador. Si no dispone de estos documentos justificará por medio de declaración responsable.• Documento bancario, donde constan los datos de la cuenta y el titular de la misma, que tendrá que corresponder con la persona beneficiaria (solo se admitirá la domiciliación bancaria del padre, madre o tutor legal en el supuesto de que el menor no dispusiera de cuenta bancaria y para lo cual tendrán que presentar documento de cesión del derecho de cobro).Si ya estuviera en disposición del Ayuntamiento y no hubieron cambios, no será necesario aportarla, indicando a la solicitud en que expediente se encuentra.El Ayuntamiento comprobará los requisitos siguientes:a) Certificado histórico de empadronamiento en Almussafes del solicitante y el alumno, en su caso.b) Certificado del Tesorero municipal de no tener deudas con la Administración Municipal.
6. LEGISLACIÓN APLICABLE:• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.• Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local • Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el cual se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local• Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la ley 38/2003.• Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento• Plano Estratégico de subvenciones del Ayuntamiento (2024-2027)
7. CUANTÍAS ECONÓMICASEn el caso de los estudiantes de bachillerato o ciclos formativos durante el curso 2023/2024 la cuantía máxima individualizada de estas ayudas, en los términos de la presente convocatoria, será de 170 € por curso académico. Para los alumnos que cursan un grado universitario durante el curso 2023/2024 la cuantía máxima individualizada de estas ayudas, en los términos de la presente convocatoria, será de 350 € por curso académico