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PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE 2 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, 1 POR TURNO LIBRE, SISTEMA OPOSICIÓN Y 1 POR MOVILIDAD, SISTEMA CONCURSO-OPOSICIÓN

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PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE 2 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, 1 POR TURNO LIBRE, SISTEMA OPOSICIÓN Y 1 POR MOVILIDAD, SISTEMA CONCURSO-OPOSICIÓN

Desde 19/02/2024 0:00 hasta 15/03/2024 23:59

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE 2 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, 1 POR TURNO LIBRE, SISTEMA OPOSICIÓN Y 1 POR MOVILIDAD, SISTEMA CONCURSO-OPOSICIÓN


 

BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR EN PROPIEDAD DOS PLAZAS VACANTES DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, PUBLICADAS EN LA OPE 2021 Y 2022

2 PLAZAS AGENTE PL

Objeto de la convocatoria
Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria para la cobertura en propiedad de dos plazas de la Escala Básica del Cuerpo de la Policía Local de Almussfes, categoría Agente, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase: Policía Local y sus auxiliares, grupo C, subgrupo C 1 de titulación del artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. 
Las citadas plazas están incluidas, una en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2021, aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 29 de marzo de 2021 y publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 9068, de 23.04.2021, y la otra en la Oferta de Empleo Público de 2022 aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 6 de junio de 2022 y publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 9367, de 22.06.2022.    
De conformidad con lo establecido en el artículo 55 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunidad Valenciana y en el Anexo I del Decreto 179/2021, de 5 de noviembre, del Consell, de establecimiento de las bases y criterios generales para la selección, promoción y movilidad en los cuerpos de policía local de la Comunitat Valenciana, una plaza vacante será cubierta por turno libre, mediante el sistema de oposición, y la otra,de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la citada ley, en el que se indica que la provisión por el turno de movilidad se llevará a cabo por el procedimiento de concurso. 
Previamente a la realización del procedimiento por turno libre, el Ayuntamiento habrá resuelto la convocatoria del concurso por movilidad (artículo 4.5 del Decreto 179/2021, de 5 de noviembre). Las plazas que por turno de movilidad quedasen desiertas, incrementarán las vacantes a cubrir por el turno libre.

Requisitos de las personas aspirantes. 
    Para ser admitido/a a la realización de las pruebas selectivas, los/las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo marcar en la instancia por que plaza se opta,  por la de turno libre o la de movilidad:

    Turno libre.
    a) Tener la nacionalidad española.
    b) No hallarse inhabilitado o inhabilitada para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme ni estar separado del servicio de ninguna administración pública mediante expediente disciplinario. 
    c) Carecer de antecedentes penales.
    d) Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico o titulación equivalente, de acuerdo con la legislación básica del Estado, o cumplidas las condiciones para obtenerlo, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
    En todo caso, la equivalencia deberá ser aportada por el/la aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
    e) Tener al menos dieciocho años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.
    f) Comprometerse, mediante declaración responsable, a portar armas de fuego y, si es preciso, a utilizarlas. 
    g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases B y A2 regulados en el Reglamento General de Conductores aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.
    h) No sufrir enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas establecidos en el Anexo II del Decreto 179/2021, de 5 de noviembre y su Corrección de errores.
    i) Tener una altura mínima de 1,65 metros para los hombres y de 1,58 metros para las mujeres.
    Turno de movilidad
    a) Ser personal funcionario de carrera de la administración especial de la categoría que se convoca, integrado en la subescala de servicios especiales, clase policía local y sus auxiliares, de cualquiera de los municipios de la Comunitat Valenciana.
    b) Haber prestado servicios efectivos en puestos ocupados en propiedad durante al menos dos años, como personal funcionario de carrera con la categoría desde la que se concursa.
    c) Que no haya sido suspendida en sus funciones ni inhabilitada por resolución firme para el ejercicio de funciones públicas. De producirse la suspensión o la inhabilitación con posterioridad a la resolución del concurso de movilidad, por un procedimiento iniciado con anterioridad a la fecha de convocatoria del concurso, se entenderán anuladas todas las actuaciones respecto de la persona aspirante.
    d) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases B y A2, regulados en el Reglamento general de conductores (Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo).
    e) Haber estado en situación de servicio activo, al menos, durante el periodo de un año inmediatamente anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
    2.2. Los requisitos a que se refiere el apartado 2.1 deberán reunirse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento, en su caso, de la toma de posesión. En este sentido se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta llegar a la toma de posesión como funcionario de carrera.
    2.3. En el momento de presentar la solicitud solo se exigirá una declaración responsable de que se reúnen los requisitos a que se refiere el apartado 2.1, los cuales deberán acreditarse posteriormente en caso de resultar seleccionado/a.

Plazo de presentación instancias

A partir de publicación al BOE 20 días hábiles

Forma y plazo de presentación

Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria podrán presentarse en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento en horario presencial de 8,30 h. a 14,30 h., o bien a través de la sede electrónica, pudiendo utilizarse la instancia modelo, así como en la forma que determina la ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP y de la ley 40/2015 Régimen jurídico del sector público.

Requisitos de la solicitud:

(1) Lugar: Registro General del Ayuntamiento de Almussafes, o por cualquiera de las formas previstas por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
(2) Plazo: 20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en extracto en el “Boletín Oficial del Estado”.

Los/las aspirantes podrán prestar su conformidad para que el Ayuntamiento de Almussafes compruebe telemáticamente su identidad a través de la solicitud correspondiente al servicio de verificación de identidad, así como la comprobación de las titulaciones oficiales exigidas como requisito a través del servicio oficial correspondiente.

Junto con la instancia deberá presentarse el resguardo del ingreso de la Tasa por concurrencia a pruebas selectivas siendo de 75 €.

El importe correspondiente deberá hacerse efectivo mediante ingreso o transferencia bancaria a la cuenta que esta Corporación tiene en CAJAMAR ES25 3058 2279 7127 2000 2935. En el ingreso se hará constar claramente la plaza a la que se opta, así como el nombre del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá la sustitución en tiempo y forma de la solicitud.

A la solicitud deberán acompañarse los siguientes documentos:

- Justificante del abono de los derechos de examen, si éste se ha realizado mediante giro postal o telegráfico se hará constar el número de giro.
- Para el turno de movilidad además debe acompañarse la relación de los méritos que se aleguen, solamente e  que hayan de servir de base para la aplicación del baremo del concurso, con su correspondiente documentación acreditativa debidamente compulsados por funcionario/a competente, si son copias.
No se valorará ningún mérito que no se justifique y se adjunte a la instancia.
Las personas aspirantes se responsabilizan expresamente de la documentación aportada. Solo se valorarán los méritos obtenidos o en condiciones de obtenerse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

Contactos

• im@c - Información Municipal y Atención Integral al Ciudadano

información@almussafes.org 96 178 20 50

Normativa

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AJUNTAMENT D'ALMUSSAFES - P4603500B
Passeig del Parc, sn – 46440 Almussafes (Valencia)
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