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PRESENTACIÓN AL CARGO DE JUEZ/A DE PAZ SUSTITUTO/A DE ALMUSSAFES

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PRESENTACIÓN AL CARGO DE JUEZ/A DE PAZ SUSTITUTO/A DE ALMUSSAFES

Desde el día 02/05/2023 hasta el día 22/05/2023

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 5 del Reglamento número 3/1995 de los Jueces de Paz, y de acuerdo con la Resolución de la Alcaldía número 98/2023, de 17 de enero, se abre un período de QUINCE DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente al de publicación de éste en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, para que las personas interesadas en ser nombradas JUEZ DE PAZ titular que reúnan las condiciones legales de capacidad y compatibilidad, puedan presentar su candidatura en las oficinas municipales.

 

Condiciones

Ser español, mayor de edad y no estar incurso en causa de incapacidad.

Está incapacitada para ser Juez de Paz la persona que esté impedida física o psíquicamente para la función judicial; la persona que esté condenada por delito doloso mientras no haya obtenido la rehabilitación; los procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean absueltos o se dicte auto de sobreseimiento; las personas que no estén en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

La instancia normalizada se proporciona en la Secretaría General del Ayuntamiento, debiéndose acompañar los siguientes documentos que acrediten que reúnen las condiciones legales exigibles, pudiendo aportar además cuantos documentos estimen convenientes para su elección:

a.- documento nacional de identidad.

b.- certificado médico.

c.- declaración de promesa o juramento de hallarse en el pleno ejercicio de sus derechos civiles y de no tener antecedentes por delitos dolosos, salvo que se haya obtenido la rehabilitación; ni hallarse procesado o inculpado por delito doloso en tanto no sea absuelto o se dicte auto de sobreseimiento (incluido en la instancia).

d.- declaración de promesa o juramento de no hallarse incurso en las causas de incapacidad, incompatibilidad y prohibiciones previstas en la Ley para el desempeño de las funciones judiciales, reguladas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en lo que sea aplicable, a excepción del ejercicio de las siguientes actividades (incluido en la instancia):

- la dedicación a la docencia o a la investigación jurídica.

- el ejercicio de actividades profesionales o mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún tipo y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales.

 

Documentación a presentar:
 

  1. Solicitud.
  2. DNI.
  3. Certificado médico oficial.


 

 

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia no requiere firma
  • Permite interesados que sean personas físicas
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AJUNTAMENT D'ALMUSSAFES - P4603500B
Passeig del Parc, sn – 46440 Almussafes (Valencia)
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