Subvenciones para el año 2022 dirigidas a las familias de la localidad con hijas e hijos nacidos/adoptados o que cumpla o haya cumplido la edad de 1 hasta 3 años en el año de la convocatoria, con el objetivo de compensar parte de las gastos que ocasiona el nacimiento o adopción y el mantenimiento de los mismos.
MODALIDADES
a) Ayudas por nacimiento o adopción: La cuantía individualizada de la subvención será como mínimo de 400 euros y como máximo de 600 euros por hijo causante, según renta per cápita de la unidad familiar. Consistirá en una ayuda económica anual de pago único por cada hija o hijo nacido o adoptado en 2022.
b) Ayudas por manutención: La cuantía individualizada de la subvención será como mínimo de 200 euros y como máximo de 800 euros por hijo causante, según renta per cápita de la unidad familiar. Consistirá en una ayuda económica anual de pago único por cada hija o hijo a cargo que cumpla o haya cumplido la edad de 1 hasta 3 años en el año 2022.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será de 6 meses desde el nacimiento o la adopción, o desde la fecha que el menor cumplió la edad de 1 a 3 años. Para los nacidos o cumplidos en el año 2022 antes de la fecha de publicación de la subvención , el plazo será de 6 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia (18/11/2022).
Presentación de solicitudes
Las solicitudes junto con la documentación preceptiva se presentarán Telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Almussafes, en el Registro auxiliar del Departamento de Bienestar Social o en el Registro General del Ayuntamiento de Almussafes.
Para la tramitación en forma presencial se pondrán a disposición de las personas interesadas las plantillas de la documentación correspondiente en la oficina de Información Municipal y Atención Integral al Ciudadano (im@c) o en el departamento de Bienestar Social. Aquellos que presentan instancia en alguna de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas deberán, además, comunicarlo al siguiente correo electrónico: bienestarsocial_adp@almussafes.org
Documentos e informaciones que deben acompañar a la solicitud (Anexo1)