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AYUDA FAMILIAR 2022

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AYUDA FAMILIAR 2022

Desde el día 21/11/2022 hasta el día 30/06/2023

Subvenciones para el año 2022 dirigidas a las familias de la localidad con hijas e hijos nacidos/adoptados o que cumpla o haya cumplido la edad de 1 hasta 3 años en el año de la convocatoria, con el objetivo de compensar parte de las gastos que ocasiona el nacimiento o adopción y el mantenimiento de los mismos.

MODALIDADES

a) Ayudas por nacimiento o adopción: La cuantía individualizada de la subvención será como mínimo de 400 euros y como máximo de 600 euros por hijo causante, según renta per cápita de la unidad familiar. Consistirá en una ayuda económica anual de pago único por cada hija o hijo nacido o adoptado en 2022.

b) Ayudas por manutención: La cuantía individualizada de la subvención será como mínimo de 200 euros y como máximo de 800 euros por hijo causante, según renta per cápita de la unidad familiar. Consistirá en una ayuda económica anual de pago único por cada hija o hijo a cargo que cumpla o haya cumplido la edad de 1 hasta 3 años en el año 2022.

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes será de 6 meses desde el nacimiento o la adopción, o desde la fecha que el menor cumplió la edad de 1 a 3 años. Para los nacidos o cumplidos en el año 2022 antes de la fecha de publicación de la subvención , el plazo será de 6 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia (18/11/2022).

Presentación de solicitudes

Las solicitudes junto con la documentación preceptiva se presentarán Telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Almussafes, en el Registro auxiliar del Departamento de Bienestar Social o en el Registro General del Ayuntamiento de Almussafes.

Para la tramitación en forma presencial se pondrán a disposición de las personas interesadas las plantillas de la documentación correspondiente en la oficina de Información Municipal y Atención Integral al Ciudadano (im@c) o en el departamento de Bienestar Social. Aquellos que presentan instancia en alguna de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas deberán, además, comunicarlo al siguiente correo electrónico: bienestarsocial_adp@almussafes.org

Documentos e informaciones que deben acompañar a la solicitud (Anexo1)

  • Acreditación de la identidad del solicitante.
  • Documentación acreditativa de la representación legal, en su caso
  • Libro de familia, donde se incluya el/los menores que dan derecho a solicitar la presente ayuda.
    • En caso de separación o divorcio se deberá aportar el convenio regulador y recibo actual en concepto de manutención de cualquiera de los hijos que forman parte de la unidad familiar, además del causante.
  • Las dos últimas facturas de dos suministros básicos de la vivienda (luz/agua/gas) anteriores a la fecha de solicitud. Los titulares de las facturas deben ser los progenitores/tutores del menor.
    • (*) En caso de que alguno de los recibos figurara a nombre diferente del/los solicitante/s deberá aportar contrato de arrendamiento en vigor de la vivienda y último recibo de alquiler, o declaración jurada del propietario de la vivienda sobre cesión en uso de la misma en favor del solicitante de la ayuda, u otros documentos que acrediten residencia real y efectiva.
  • Justificación de la ayuda, mediante facturas/tickets de compra justificantes del gasto, en los que se muestre el concepto (producto o servicio adquirido), el importe total (iva incluido) y el comercio o establecimiento (debidamente identificado) en el que ha sido adquirido el producto o servicio, que deberá estar ubicado obligatoriamente en el municipio de Almussafes.
    • Preferiblemente en las facturas/tickets de compra constarán únicamente los gastos subvencionables.
  • Modelo de domiciliación bancaria del solicitante para poder efectuar el pago de la subvención.
  • Declaración responsable de no recibir otra subvención y compromiso de comunicación (formulario).

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia no requiere firma
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AJUNTAMENT D'ALMUSSAFES - P4603500B
Passeig del Parc, sn – 46440 Almussafes (Valencia)
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