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Instancia cementerio

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Instancia cementerio

A partir del día 01/01/2021

rámites a realizar para la inhumación en el Cementerio Municipal, así como traslado de restos  en el mismo o a otro Cementerio.

Documentación a aportar

  • 1. Con carácter general, para todas las solicitudes
    • 1.1 Instancia solicitando trámites en el Cementerio Municipal
  • 2. Inhumación en nicho ocupado por otros cadáveres o restos.  En el caso de tener concedido un nicho en el Cementerio y querer inhumar otro cadáver o depositar restos, deberá aportarse documentación acreditativa de su vinculación con el mismo y su ubicación
    • 2.1 Certificado médico oficial de defunción
    • 2.2 Documento que justifique el derecho a la reapertura del nicho
      • Para poder realizar otra inhumación o reinhumación en el nicho deberán haber transcurrido 5 años desde la última
    • 2.3 Licencia para dar sepultura emitida por el Juzgado
  • 3. Traslado de restos.  Trasladar restos de un nicho a otro dentro del mismo Cementerio Municipal, exhumarlos para trasladarlos a otro Cementerio o reinhumar los restos procedentes de otro Cementerio
    • 3.1 Acreditación titularidad nichos
    • 3.2 Autorización de la Conselleria de Sanitat
      • En el caso de trasladar los restos cadavéricos o cadáver a otro Cementerio o procedentes de otro Cementerio, sea fuera o dentro de la Comunidad Valenciana, se deberá acompañar a la solicitud autorización de la Conselleria de Sanitat
    • 3.3 Documento que justifique el derecho a la reapertura del nicho
      • Poder justificar el motivo del traslado
    • 3.4 Solicitud de traslado de restos
      • Se especificará en la misma el tipo de traslado que se solicite:
        • - De un nicho a otro dentro del mismo cementerio.
        • - A otro cementerio.
        • - Procedencia de otro cementerio.
  • 4. Inhumación en un nicho nuevo.  Concesión del derecho de sepultura en un nicho nuevo
    • 4.1 Certificado médico oficial de defunción
    • 4.2 Licencia para dar sepultura emitida por el Juzgado
  • 5. Depósito de restos incinerados en nicho restario.  Depositar restos incinerados en nichos restarios
    • 5.1 Documento que acredite la incineración de restos

Tributos y precios públicos

  • 6. Tasa
    • Ordenanza reguladora de la tasa por utilización del Cementerio Municipal

Forma de presentación

  • Presencial
    Personándose en las dependencias municipales

El derecho de sepultura se encuentra condicionado a que se acredite la necesidad de la inhumación.

Los traslados de restos no se efectuarán durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre.

Recurso

  • Tipo de recurso
    • Potestativo de reposición
      • El recurso de reposición está previsto tanto en la tramitación judicial como contra una resolución administrativa. En ambos casos se presenta ante la misma autoridad que dictó el auto (si se trata de un proceso judicial) o el acto administrativo; si el recurso se resuelve positivamente se dicta un nuevo auto, o se "repone" el acto administrativo mediante una nueva resolución.
  • Plazo del recurso
    • 1 mes/es

Normativa

  • Decreto 2263/74, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria
  • Decreto 39/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases Régimen Local.
  • Ordenanza Reguladora de la tasa por utilización del Cementerio Municipal
  • Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT D'ALMUSSAFES - P4603500B
Passeig del Parc, sn – 46440 Almussafes (Valencia)
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